Fundado en 1880 @ Diario «Centro América ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C. A. LUNES 22 ae JULIO de 2024 No. 23 Tomo CCCXXV Director General: Carlos Morales Monzén www.dca.gob.gt EN ESTA EDICION ENCONTRARA: ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 106-2024 Pagina 1 ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 137-2024 Pagina 2 ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 151-2024 Pagina 3 ORGANISMO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDO NUMERO 46-2019 Pagina 3 PUBLICACIONES VARIAS CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD EXPEDIENTE 3737-2024 Pagina 4 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS, DEPARTAMENTO DE PETEN ACTA NUMERO 18-2024 PUNTO SEPTIMO Pagina 5 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL CANCELACION de les partidos _ politicos denominados PARTIDO DE — INTEGRACION NACIONAL -PIN-, y UNION REPUBLICANA -UR- Pagina 6 ANUNCIOS VARIOS ~ Matrimonios — Lineas de Transporte ~ Titulos Supletorios — Edictos ~ Remates — Convocatorias Pagina 7 Pagina 7 Pagina 7 Pagina 8 Pagina 12 Pagina 15 ATENCION ANUNCIANTES: IMPRESION SE HACE CONFORME ORIGINAL Toda impresién en la parte legal del Diorio de Contro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta administracién rege al piblico tomar no‘o. MINISTERIO DE GOBERNACION ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 106-2024 Guatemala, 19 de julio de 2024 EL PRES DENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que la Constitucién Politica de la Republica de Guatemala, establece que, es deber del Estado gerantizar « los habitantes de la Republica, la vida, ta libertad, la j seguridad, la paz y el desarrollo integral de ta pe: *. Asimismo, el Decreto Num del Congreso de la la, Le: rganismo Ejecuti la probidad, tra: rencia, cficacia, eficiencia, participacién ciudadana; y que for parte de dicho Organisme los Comités Temporales de la Presidencia, regulando que al Presi de la Republica le compete crear las funciones y temporalidad de estos > 1h ome principios administrativos Republica ic Guaterne CONSIDERANDO Que Ia modernizacién del Organisme Ejecutive es un proceso de actualizacién y mejora de las estructuras, procedimientos y tecnologias utilizadas, con el objeto de aumentar la eficiencia, transparencia y capacidad de respuesta del gobierno ante las necesidad, para su impu de Ia ciudadanta, el cual lidad y que contenga mecanismos de coordinacion, asesoria y seguimiento a sus acciones, fortaleciendo 1a participacién ciudadana, ¢ gobierno abierte, a > requiere el establecimiento de una in: ancia que cumpla con esa consultas pUblicas, presupuestos participativos y plataformas de izando los procedimientos administrativos existentes y optimizando el uso de los recursos pablicos, teniendo como resultado el fortalecimiento de la democracia participativa en el Estado de Guatemala POR TANTO En ejercicio nes que le confiere el articulo 183 literal ¢) de la Constitucién Politica de la Republica de Guat ala; y con fund: ente en el articulo S del Decreto Numero 114-97 del Congreso de la Republica de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo. ACUERDA ARTICULO 1. Creacién. Se crea de forma temporal el Comité Nacional para la Modernizacién del Organismo Ejecutivo, adelante denominado El Comité ARTICULO 2. © seguire Gina ». El Comité tiene por objeto ser un espacio de coordinacién, asesoria y quellas propuestas que contengan lineamientos legales, administrativos, ros y de politica a corto, mediano y large pluzo para la modernizacion del Organismo Ejecutivo, debiendo contemplar Ia imple ento de todas jentacién de mesas temdticas que respondan a los objetivos estratégicos que se definan en funcion de generar la Agenda Nacional de Modernizacion del Organismo Ejecutive. ARTICULO 3. Integracién. El Comité esta integrado por: a) Ministre de Finanzas Publicas, quien lo preside: b) Secretario Privado de la Presidencia. lizard las funciones de Secretaria Técnica: ©) rio de Planifleacion y Programacion de ta Pre a) rio General de la Presidencia: ©) tor de la Oficina Nacional de Servicio Civil; ® rdinador y Director Ejecutive de la Comision Presidencial de Gobierne Abierto y trénico; y, &) Director Ejecutive de In Comision Nacional contra la Corrupeion ARTICULO 4. Ausencia o imposibilidad de asistencia. En los casos de ausencia o de in| representacién en el Viceministro, Subsecretario u otro funcionario que por la naturaleza de sus funciones guarde »sibilidad de asistencia del Ministro y Secretarios, deberan delegar relacién con el objeto del Comité; en ef caso de la Oficina Nacional de Servicio Civil sera or de conformidad con Ia Jey; y en los casos del Coordinador y Director Ejecutivo de la Comision Presidencial de Gobierno Abierto y F Ejecutivo de Ia Comision Nacional Conta la Corrupeién, podran vtado por el Subdire y del Director entados por los Subdirectores Ejecutivos. ARTICULO 5. Atribuciones. E1 Comité tiene las atribuciones siguientes a) Elabo b) Coordir al de Moderniz: © la Agenda Naci r las acciones entre las diferente: on del Organismo Ejecutivo; entidades del Organiasme EBjecutive para garantizar una implementacion efectiva y ©) Asesorar « Iss entidades gubernamental modernizacién, incluyendo el desarrollo ¢ ente de las politicas de modernizacion; del Organismo Ejccutivo en las medidas de nplementacién de éstas, de sistemas de gestion, tecnologia de la informacién y comunicacion, y demas temas similares; 2 Guatemala, LUNES 22 de julio de 2024 DIARIO de CENTRO AMERICA NUMERO 23 d) Promover la evaluacién de los procesos de modemizacién del Organismo Ejecutivo, analizando los resultados alcanzados, proponiende los ajustes a las politicas y estrategias segin sea necesari: ©) F lap on de la so civil y otros rel enel p de izacion, 0 en cuenta las ¢€ intereses de la poblacién; f) Generar intercambio de experiencias y buenas practicas con otros paises y entidades intemacionales que hayan levada procesos de modemizacion exitosos en sus sistemas de administracién publica, dentro del Ambito de competencia del Comité; y, Cualquier otra atribucién que en el ambito de su competencia asigne el Presidente de la Repablica ARTICULO 6. Equipo Técnico. Para el seguimiento a las acciones que definan los integrantes de} Comité, ai dos y dos suplentes, segiin.el conocimiento, experiencia y atribucién requerida para la conformacién del Equipo Técnico, quienes se reuniran de forma periddica, reportando los avances del mismo al Comité. Las personas que integran el equipo técnico senin presentadas en La primera reunion del Comité, y en caso de ser necesario, se podré proponer la designacién de mas miembros de las respectivas \stituciones que integran El Comité ARTICULO 7. Funciones del Equipo Téenico, El equipo tdenico, por medio de instruccién del Comité, realizaré las siguientes funciones: 8) Integrar grupos de trabajo que dardn seguimiento a los acuerdos alcanzados en las reuniones del Comité; b) Dar seguimiento a los lineamientos estratégicos para la modernizacién del Organismo Ejecutivo, generados por el Comité, estableciendo objetives y plazos para su implementacion; ©) Incentivar programas de capacitacién y desarrollo de habilidades pars el personal del On Ej . orientades a mejorar su idad para nuevas gi y metodologias de trabaj 4) Realizar informes periddicos sobre ¢l progreso de Ia modernizacién del Organismo Ejecutivo y comunicar de manera clara y tansparente los resultados alcanzados y los desafios enfrentados al Comité; Identificar las dreas del Organismo Ejecutive que requieren una modemizaci6n urgente, proponiendo criterios para la priorizacién de recursos en esas areas, comunicando dicha informacién al Comité; Realizar de pr in de lat en el proceso de modemizacién para que esté sujeto a un escrutinio pablico adecuado, a efecto de rendir cuentas sobre los resultados obtenidos al Comité; g) Todas las actividades dentro del dmbito de su experiencia y conocimiento, que sean por el Comité & su comp ARTICULO 8. Invitacién. El Comité, por medio de su Presidencia, podré invitar a ri F-817-2024)-27-)0 MINISTERIO DE GOBERNACION ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 137-2024 Guotemala, 12 de julio de 2024 EL MINISTRO DE GOBERNACION Que la Constitucién Politica de la Repdblica de Gi Yas rad ota tiga sacar Xf pate de gripes oasoacines Ge eiotesa © ordinarias y extraordinarias a funcionarios y empleados del Organismo Ejecutivo, entidades descentralizadas y aut ionales, cooper civil organizada, universidades, centros ¢ institutos de investigacién y otras personas individuales o juridicas para brindar insumos 0 propuestas, asi como participar en mesas teméticas especificas o grupos de trabajo, ARTICULO 9. Colaboracién. Las dependencius que integran el Organismo Ejecutivo deberin el caso de Gumatuanerdn Que a este i dela spies de ete dou FUNDAGION ROCA; et saa tel neuer epee, VT de Asuntos Juridicos de rs Bees bod ena ley y tas. prestar la colaboracién requerida por e] Comité, dentro del ambito de su favorable, i incon con Vato eno ef ProcuradutaGarral Goa No, pr a oo legal ARTICULO 10, Cargos ad honorem. Los integrantes de El Comité y del Equipo Técnico POR TANTO desarrollarin sus stribuciones y funciones, segtin cor en forma ed No En de las que le confers el aticulo 194 iterales a) y f) de la Constitcién Politica derecho a dietas 0 a cualquier otra remuneraci6n por su asistencia a las reuniones. lerdal °° de ycon rere ice an beta m) y, 36 ; eral b) de ta ARTICULO 11, Funcionamiento y cooperacién, E} Comité no tender pr ia | 15 2; 20; y, 31 parrafo del Cédigo Civil, Decreto Ley Namero 106; S det Novartis para cl cumplimiento de sus atribuciones. Cada uno de sus integ! segin sus capaci y Gu 515-93 del de la 8 del G dentro del ambito de su competence Acuerdo Gubemativo. ARTICULO 12. Reuniones. El Comité se reunira de manera ordinaria de forma trimestral y de manera extraordinaria cuando se considere necesario a solicitud de la Presidencia o de tres 0 mis de los integrantes. Para tal efecto, deber remitirse con su respectiva convocatoria, ta agenda de la reunién con los temas a tratar. Las reuniones deben ser presenciales y, en casos excepcionales, podrin ser de manera hibrida o virtual, ARTICULO 13, Plazo para de convocar a las reuniones 0 anticipacién , debera cooperar para la consecucion del objeto del presente convocatoria, La Secretaria Técnica del Comité sera la encargada narias y extraordinarias, con um plazo de tres dias habiles de 512-98 del Presidente de la Repiblica, Regiamento de Inscripciones de Asociaciones Civiles; y, 4 y 7 del Acuerdo Gubemativo NGmero 635-2007 del Presidente de la Repdblica, Reglamento Organico Interne det Ministerio de Goberacion. ACUERDA 1 juridica y de la FUNDACION ROCA, la cuss once absent Sorta en entra bien Nar aa de 2023, Nomero 75 de fecha 09 de diciembre de 2023, ambas aulorzadas en ot meno de Vila Canaies,departamento de Guatemala, pore! Nolare Abdas ‘Aioulo 2. La FUNDACION ROCA, ns posed chorcer ectivierios de tpo comercial oon fines de bora, ARTICULO 14. Quorum y decisiones. Las reuniones ordinarins » extrw celebrarse estando presentes por lo menos cinco integrantes de El Comité. Las decisiones se aprobarin con el voto favorable de la mayoria de ntegrantes de El Co ARTICULO 15. 1 de pr EI Comité, como Agenda Nacional de Modernizacién del Organismo Ejecutivo, debera contar con un Plan de la implementacién de las acciones priorizadas, segGn su viabilidad legal, politica o ARTICULO 16. Ptazo. Et plazo de funcionamiento del Comité sera de dos anos, « partir de le ARTICULO 17, Informes. Al final de cada afio de funcionamiento, el Comité debera elaborar un informe de labores y remitirlo al Presidente de la Repablica como maxima autoridad en la materia, en un plazo no mayor a diez dias habiles del mes siguiente, para su seguimiento y divulgacion a Ins entidades del Organismo Ejecutive, en el ambito de sus competencins. ARTICULO 18. Primera reunin del Comité. Lo primera reunién del Comité sera convocada por su Presidencia, por conducto de la Secretaria Técnica, para realizarse a mas tardar dentro del mes ca la vi el Acuerdo Gul vo, En la misma, debera aprobarse, como minimo, la presentacién de los integrantes del equipo técnico y la calendarizacion de reuniones ordinarias ARTICULO 19. del page de Elp Acuerdo Gubernativo es de interés del Estado, por lo que su publicacién se deberd efectuar sin costo alguno, de conformidad on el articulo 12 det Acuerdo Gubernativo Namero 112-2015 del Presidente de la Repablica. ARTICULO 20. VI Et pr Asuerdo Gi Pt su publicacién en el Diario de Centro América. a regir al dia siguiente de pedrin y demas ‘eyes apie las que utlizadas et ela thin o para relzactn de us . objetivos. En ningdn las utilidades | que realice la Institucién, isiae podran ser distribuidas o utilizadas entre los den: © asociados o con otra de elaborar la | Clase de entidad. ti 3. et a @ partir del dia de su enel Detede regir siguiente Publicacién Refrendo de contenido de ee ths fs Lic. Felipe Sénchez Gonailez Segundo Viceministro Ministerio ce (202789-2)-22- pie