BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA - CONVENIOS - Ley 27411 Toggle navigation Boletín Oficial de la República Argentina Institucional Productos y servicios Preguntas Frecuentes Contacto Edición del 3 de Junio de 2026 Ediciones Anteriores Búsqueda avanzada Secciones Búsqueda Cantidad de resultados Búsqueda avanzada Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Sociedades y Avisos Judiciales Segunda Sección Contrataciones Tercera Sección Volver Legislación y Avisos Oficiales Primera sección • Primera • Leyes • Detalle Ver páginas publicadas Ver texto del aviso CONVENIOS Ley 27411 Convenio sobre Ciberdelito. Aprobación. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1°.- Apruébase el CONVENIO SOBRE CIBERDELITO del CONSEJO DE EUROPA, adoptado en la Ciudad de BUDAPEST, HUNGRÍA, el 23 de noviembre de 2001, que consta de CUARENTA Y OCHO (48) artículos cuya copia auténtica de su traducción al español así como de su versión en idioma inglés, como ANEXO I, forma parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- Al depositarse el instrumento de adhesión deberán efectuarse las siguientes reservas: a) La REPÚBLICA ARGENTINA hace reserva del artículo 6.1.b. del CONVENIO SOBRE CIBERDELITO y manifiesta que no regirá en su jurisdicción por entender que prevé un supuesto de anticipación de la pena mediante la tipificación de actos preparatorios, ajeno a su tradición legislativa en materia jurídico penal. b) La REPÚBLICA ARGENTINA hace reserva de los artículos 9.1.d., 9.2.b. y 9.2.c. del CONVENIO SOBRE CIBERDELITO y manifiesta que estos no regirán en su jurisdicción por entender que son supuestos que resultan incompatibles con el CÓDIGO PENAL vigente, conforme a la reforma introducida por la ley 26.388. c) La REPÚBLICA ARGENTINA hace reserva parcial del artículo 9.1.e. del CONVENIO SOBRE CIBERDELITO y manifiesta que no regirá en su jurisdicción por entender que el mismo sólo es aplicable de acuerdo a legislación penal vigente hasta la fecha, cuando la posesión allí referida fuera cometida con inequívocos fines de distribución o comercialización (artículo 128, segundo párrafo, del CÓDIGO PENAL). d) La REPÚBLICA ARGENTINA hace reserva del artículo 22.1.d. del CONVENIO SOBRE CIBERDELITO y manifiesta que no regirá en su jurisdicción por entender que su contenido difiere de las reglas que rigen la definición de la competencia penal nacional. e) La REPÚBLICA ARGENTINA hace reserva del artículo 29.4 del CONVENIO SOBRE CIBERDELITO y manifiesta que no regirá en su jurisdicción por entender que el requisito de la doble incriminación es una de las bases fundamentales de la LEY DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN MATERIA PENAL N° 24.767 para el tipo de medidas de cooperación previstas en artículo y numeral citados. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 22 NOV 2017 — REGISTRADO BAJO EL Nº 27411 — MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires). e. 15/12/2017 N° 97934/17 v. 15/12/2017 Fecha de publicación 15/12/2017 Anexo - 1 Compartir por email Para: Asunto: Aviso: Cerrar Enviar Biblioteca de Normativas Al hacer clic en este enlace usted está siendo dirigido a la página https://www.argentina.gob.ar/normativa . Cerrar Ir a Biblioteca de Normativas Institucional Misión, Visión e Historia Sitios de Interés Red de Boletines Oficiales de la R. A. BFA Blockchain Federal Argentina Productos y Servicios • Tarifas de Publicación Autenticaciones • BFA Repositorio recibos • BFA Verificación • Firma digital Faq y Tutoriales • Preguntas Frecuentes Contacto Institucional • Misión, Visión e Historia Productos y Servicios • Tarifas de Publicación Sitios de Interés Red de Boletines Oficiales de la R. A. BFA Blockchain Federal Argentina Autenticaciones • BFA Repositorio recibos • BFA Verificación • Firma digital Faq y Tutoriales • Preguntas Frecuentes Contacto Secretaría Legal y Técnica Boletín Oficial de la República Argentina TELÉFONOS: 5218-8400 - 0810-345-BORA (2672) SEDE CENTRAL: Suipacha 767, C.A.B.A. (C1008AAO) Secretaría Legal y Técnica | Dra. María Ibarzabal Murphy - Secretaria Dirección Nacional del Registro Oficial | Dr. Walter Rubén Gonzalez - Director Nacional Red de Boletines Provinciales Al hacer clic en este enlace usted acepta ser dirigido fuera de nuestro sitio a la página http://www.reddeboletines.gob.ar cuya información es proporcionada por la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Cerrar Ir a Red de Boletines Provinciales