InfoLEG - Ministerio de Econom�a y Finanzas P�blicas - Argentina CODIGO PENAL Ley 26.904 Incorporaci�n. Sancionada: Noviembre 13 de 2013 Promulgada: Diciembre 4 de 2013 El Senado y C�mara de Diputados de la Naci�n Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1� — Incorp�rase como art�culo 131 del C�digo Penal el siguiente: ‘Art�culo 131: Ser� penado con prisi�n de seis (6) meses a cuatro (4) a�os el que, por medio de comunicaciones electr�nicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnolog�a de transmisi�n de datos, contactare a una persona menor de edad, con el prop�sito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.’ ARTICULO 2� — Comun�quese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL A�O DOS MIL TRECE. — REGISTRADA BAJO EL N� 26.904 — JULIAN A. DOMINGUEZ. — BEATRIZ ROJKES DE ALPEROVICH. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.